Este miércoles entra en vigencia ley que regula realización de funerales clasificados de riesgo
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Este miércoles entra en vigencia ley que regula realización de funerales clasificados de riesgo

En una actividad encabezada por el ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero, y donde estuvo acompañado del general director de Carabineros de Chile, Marcelo Araya; la subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, y el delegado presidencial de la Región Metropolitana, Gonzalo Durán, se informó de la entrada en vigencia, este miércoles, de la ley que regula la realización de funerales clasificados de riesgo.
En la oportunidad, el ministro Cordero recordó que en el caso de un funeral que tenga la condición de riesgo, según lo determine el delegado o delegada presidencial, en base a un informe técnico proporcionado por Carabineros de Chile y antecedentes adicionales que pueda entregar la Policía de Investigaciones o Gendarmería, en los casos que corresponda, “este deberá ejecutarse dentro del plazo de 24 horas una vez notificada la resolución por parte del delegado presidencial”.
“El propósito central que tiene esta ley aprobada por el Congreso, que tuvo un origen en el mensaje del Presidente de la República, Gabriel Boric, es dar tranquilidad a las personas de que cuando ocurra una muerte violenta de estas características los funerales se realicen sin alterar la seguridad y el orden público, pero tampoco se utilicen estos como un mecanismo de enaltecimiento del crimen o los delitos que detrás de él se encuentran establecidos”, señaló el secretario de Estado.
Añadió que desde que Carabineros inició este tipo de servicios, en el año 2019 y hasta mayo de este año se han registrado 2.438 funerales con alguna clasificación de riesgo, en el marco de los cuales se han realizado más de 169 mil controles preventivos y se ha detenido a 1.610 personas por diversos delitos e infracciones.
Por su parte, el general Marcelo Araya manifestó que Carabineros de Chile “seguirá aportando con lo que sabe hacer, que son servicios policiales focalizados y debidamente planificados en esta nueva estrategia (…) y pondremos todos nuestros medios y recursos a disposición para que eventos y situaciones tan relevantes como son este tipo de funerales catalogados de riesgo se desarrollen dentro del marco normativo”.
La Ley N°21.717 regula la realización de funerales que permitan presumir fundadamente que su realización representa un riesgo para la seguridad y el orden público. Cuando ello ocurra, la autoridad ordenará en el más breve plazo posible que la inhumación o cremación se realice dentro de las 24 horas desde su notificación.
La resolución del delegado o delegada presidencial considerará un informe técnico de Carabineros que consignará antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias del deceso, entre otros.
Dicho informe deberá ser entregado al delegado en un plazo máximo de dos horas desde el conocimiento del deceso. Simultáneamente, Carabineros determinará el tipo de despliegue y recursos necesarios para gestionar el riesgo asociado al funeral y comenzará a desarrollar acciones operativas.
Para la calificación de riesgo, además, el o la delegada podrá requerir información a la PDI y a Gendarmería.
En relación a los posibles delitos que se cometan en el marco de estos funerales, se establece que las penas aplicables excluirán el grado mínimo. Ello contempla los delitos cometidos dentro del cementerio o crematorio donde se realice una sepultación o cremación de la persona fallecida, así como aquellos que puedan ocurrir en las inmediaciones o durante el traslado del cortejo.
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